
Qué es y para qué sirve
El Traductor-Intérprete Jurado es la persona cuyos altos principios éticos, nivel intelectual, formación académica y rigurosidad profesional, avalado todo ello mediante nombramiento a su favor expedido por el Ministerio de Asuntos Exteriores o, en el futuro, cualquier otra autoridad, está capacitada para dedicarse, con carácter permanente o discontinuo, a:
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Traducir todo tipo de documentos, en especial los emanantes de cualquier acto jurídico, y legalizarlos, por su condición de Fedatario Público, con su propia certificación, sello y firma.
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Cotejar, revisar y legalizar las traducciones realizadas por terceros, quienes quedarán automáticamente exonerados de toda clase de responsabilidades sobre la autenticidad, precisión e integridad de las mismas, al quedar plenamente asumida por el Intérprete Jurado.
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Por su condición de auxiliar de la Justicia, interpretar verbalmente, a instancias de sus representantes, de forma simultánea o consecutiva, lo hablado entre las partes durante la instrucción de diligencias, interrogatorios, declaraciones, fallos, sentencias, laudos arbitrales, etc., y refrendar con su firma la autenticidad, precisión e integridad de lo que, para constancia de los mismos, se anote formalmente en los oportunos sumarios, registros o expedientes.
Obligaciones del Traductor-Intérprete Jurado
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No aceptar encargo alguno que sobrepase sus conocimientos o competencia.
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Esforzarse por actualizar constantemente sus conocimientos lingüísticos, científicos y técnicos
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Informar siempre al cliente sobre cuantos problemas haya encontrado al traducir el texto recibido y no le haya sido posible solventar.
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Mantener la confidencialidad de los trabajos que se le encomienden, así como la identidad del cliente, a menos que se le autorice expresamente a divulgarlas.
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No aprovechar la información contenida en los textos que traduzca ni en beneficio propio ni en el de terceros.
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Respetar, frente al cliente, las tarifas y plazos acordados de antemano.
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Ayudar a sus colegas, tanto actuales como futuros, con independencia de todo tipo de condicionantes y sobre un principio de reciprocidad, a fomentar la calidad de las Traducciones Juradas mediante un intercambio de información, orientaciones técnicas y demás formas de colaboración que razonablemente se pidan y él esté autorizado a prestar.
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Abstenerse de juzgar la calidad y precisión de los trabajos realizados por otro Intérprete Jurado a menos que así le sea expresamente encargado por el cliente.
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